Coloriuris en torresburriel.com

Experiencia de usuario
02/1/2007
|
Daniel Torres Burriel
Escritorio redondo con laptop, gafas, planta, celular, lápices y unas manos de mujer tecleando.

Para empezar el año con novedades, acabo de implementar algo que llevaba ya tiempo preparando, pero que nunca encontraba el momento para hacerlo. Se trata de adoptar un contrato de cesión de derechos para los contenidos de mi sitio web, y lo he hecho gracias al estupendo servicio que a tal efecto presta, gratuitamente, Coloriuris.

El contrato de cesión de derechos adoptado es el siguiente:

El titular del sitio web https://www.torresburriel.com/ (en adelante el cedente) declara ser el único titular de los derechos de propiedad intelectual sobre las anotaciones de este sitio web y/o tener cedidos los derechos de sus legítimos titulares, y cede a usted (en adelante el cesionario) de forma NO EXCLUSIVA, a TÍTULO GRATUÍTO por un periodo de 1 año y ámbito mundial:

  • el derecho de reproducción sobre las anotaciones de este sitio web; en consecuencia, usted es libre de copiar y/o fijar en cualquier soporte total o parcialmente las anotaciones de este sitio web para uso privado y sin ánimo de lucro.
  • el derecho de distribución de las anotaciones de este sitio web; en consecuencia, usted es libre de entregar copias de las anotaciones en cualquier soporte, siempre que ésta se realice sin ánimo de lucro.
  • el derecho de comunicación pública de las anotaciones de este sitio web a una pluralidad de personas; en consecuencia usted puede ponerlas a disposición del público en general, siempre que lo haga sin ánimo de lucro.
  • el derecho de transformación de las anotaciones de este sitio web, para usos no comerciales; en otro caso la cesión del derecho de transformación quedará limitada a los supuestos previstos por la normativa vigente en materia de derechos de autor.

En consecuencia:

Vd. puede

  1. Copiar, distribuir y comunicar de forma pública las anotaciones de este sitio web.
    De forma parcial o total, permanente o provisional, por medios alámbricos o inalámbricos, en cualquier soporte, respetando los derechos morales del autor (paternidad e integridad, entre otros), y siempre que se realice sin ánimo de lucro.
  2. Citar las anotaciones de este sitio web para análisis, comentario o juicio crítico – para uso privado y sin ánimo de lucro y/o con fines docentes o de investigación – y/o como tema de actualidad.
  3. Realizar obras derivadas, siempre y cuando vd. acepte destinar la obra derivada exclusivamente a usos no comerciales; en otro caso la cesión del derecho de transformación quedará limitada a los supuestos previstos por la normativa vigente en materia de derechos de autor.

Vd. no puede

  1. Atribuirse la autoría sobre las anotaciones de este sitio web ni modificar, contra la voluntad del autor, el modo en que éste se ha atribuído la autoría.
  2. Realizar actos que supongan atentado contra la integridad de la obra.
  3. Impedir la modificación de la obra original por parte del autor.
  4. Impedir al autor retirar la obra del comercio (previa indemnización, en su caso).
  5. Impedir al autor el acceso al ejemplar único o raro de la obra .
  6. Realizar obras derivadas para usos comerciales sin autorización del autor, a excepción de la parodia.

Vd. acepta ceder a tercero/s los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación; y, especialmente el derecho de puesta a disposición interactiva, sobre cualquier obra derivada realizada por vd. a partir de la obra original objeto de esta cesión, en los mismos términos que le han sido cedidos a vd. estos derechos por parte del titular de los derechos de la obra original.

El autor se reserva todos los derechos morales sobre las anotaciones de este sitio web, así como los derechos económicos que pudieran corresponderle en concepto de compensación y/o remuneración por copia privada.

La no aceptación de este contrato le obliga a usar este contenido conforme a la legislación española de derechos de autor.

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6 respuestas a “Coloriuris en torresburriel.com”

  1. ¿No basta con usar las licencias creative commons? ¿Qué ventajas ofrece?
    Por cierto, feliz año 🙂

  2. […] Hace unos d­as, Daniel Torres Burriel comentaba que con la llegada del a±o nuevo hab­a cambiado algunos aspectos burocr¡ticos de su weblog, como la incorporaci³n de un contrato de cesi³n de derechos mediante Coloriuris, un proyecto destinado a ofrencer este tipo de servicios. […]

  3. […] Hace unos d­as, Daniel Torres Burriel comentaba que con la llegada del a±o nuevo hab­a cambiado algunos aspectos burocr¡ticos de su weblog, como la incorporaci³n de un contrato de cesi³n de derechos mediante Coloriuris, un proyecto destinado a ofrencer este tipo de servicios. […]

  4. […] Bueno, pues como hubo una consulta en los comentarios del post en el que dec­a que adoptaba el contrato de cesi³n de derechos de Coloriuris para este sitio web, frente a las licencias Creative Commons, he querido poner este post, a modo de explicaci³n did¡ctica. […]

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